País
Parlamento sanciona solo 19 artículos de la ley que regula a las ONG
El Ejecutivo nacional tendrá la responsabilidad de dictar la normativa necesaria para el desarrollo de la ley
Caracas/Foto: Archivo.- La Asamblea Nacional aprobó este martes diferir la segunda discusión del proyecto de ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las organizaciones no gubernamentales y afines para la próxima sesión ordinaria.
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En esta sesión, los diputados aprobaron los acápites, epígrafes, capítulos 2 y 3 y artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29. La diputada Carolina García Carreño solicitó el aplazamiento de la discusión para “incluir” solicitudes y propuestas, además de corregir la redacción del artículo 30.
Los artículos aprobados detallan que para obtener personalidad jurídica las organizaciones deberán constituirse como asociaciones, corporaciones, sociedad civiles o fundaciones de carácter privado. Asimismo, solo las personas naturales o jurídicas con capacidad civil para “contraer y obligarse” podrán registrar una ONG u organización social sin fines de lucro.
Para registrarse legalmente, los responsables deberán presentar ante el órgano competente el acta constitutiva estatutaria de la organización, junto a la cédula de identidad del propietario y del registro de información fiscal de todos los miembros. Entre los documentos que deben presentar está una justificación que explique si el financiamiento proviene de una persona nacional o ente jurídico extranjero.
Registro y prohibiciones de las ONG
El artículo 15 expone que no procederá el registro de la organización si su objeto o fines es “promover el fascismo”, intolerancia y odio por motivos raciales, religiosos, políticos, sociales, ideológicos, de género o de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación; así como también las que resulten contrarias a lo establecido en la Constitución de Venezuela.
De igual manera, el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de justicia deberá mantener un registro nacional de las organizaciones que manejará información correspondiente a la constitución, funcionamiento, financiamiento y modificación de las mismas. El organismo dictará los actos administrativos necesarios para regular el registro nacional.
Los representantes de las ONG deberán notificar al Ministerio sobre financiamientos o donaciones que reciban a los fines de asegurar la licitud de los fondos; asimismo, deberán rendir cuentas una vez al año. El artículo 23 aprobado por el Parlamento expone que las organizaciones tienen prohibido recibir aportes económicos de organizaciones con fines políticos o destinarlos; realizar actividades propias de los partidos políticos y promover el fascismo, intolerancia y odio.
El Ejecutivo nacional tendrá la responsabilidad de dictar la normativa necesaria para el desarrollo de la ley; diseñar e implementar las normativas de control y seguimiento de las ONG.
Parlamento aprueba consulta pública del proyecto de ley contra el fascismo
El diputado Diosdado Cabello solicitó al Parlamento que la consulta popular al proyecto de ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares inicie este 14 de agosto en todo el territorio nacional para poder llevarla a segunda discusión y aprobarla.
“Hemos visto en algunos sectores de la oposición, que nunca han creído en elecciones, que el 29, 30 y 31 de julio se vivieron acciones terroristas. No reconocen al TSJ, CNE, ni a las instituciones. (...) Si usted no es fascista no debería preocuparse, deben preocuparse los odiadores de siempre”, dijo.
Por su parte, el presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez informó la propuesta ante el Ejecutivo de aprobar un paquete de leyes que acompañe las acciones del Ejecutivo Nacional y de la Fiscalía General para “hacer respetar” el resultado electoral del 28 de julio y de defender a la población. Solicitó no ir a receso parlamentario hasta no cumplir con la sanción de todas las nuevas leyes que buscan “acabar” con el fascismo en el país.
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