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En gaceta: Trabajadores podrán recibir bono de alimentación en tarjetas o talonarios

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Caracas, 3 de enero.- El pasado 31 de diciembre de 2017, en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.354, fue publicado el Decreto 3.233 de la Presidencia de la República, donde se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a 61 Unidades Tributarias por día.

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También se destaca que los empleadores públicos y privados pagarán a cada trabajador el monto por concepto de bono de alimentación "preferentemente" mediante la provisión de cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación emitidos por una entidad financiera o establecimiento especializado en la administración y gestión de beneficios sociales.

De esta manera, cesa la temporalidad establecida en articulo 5° del Decreto número 2.833, de fecha 01 de mayo de 2017, mediante el cual se modificó la modalidad de pago del beneficio de Cestaticket Socialista. Los cupones, ticket y tarjetas electrónicas que hubieren sido emitidas, mantendrán su vigencia, hasta la emisión de nuevos instrumentos. El Decreto entró en vigencia a partir del 01 de enero de 2018.





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