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Karim Khan oficializó la apertura de la oficina de la CPI en Caracas 

Según la CPI, las actividades de la oficina se enfocarán en apoyar los esfuerzos destinados a mejorar las iniciativas de justicia nacional e incrementar aún más la presencia sobre el terreno de la Fiscalía

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Caracas/Foto: @IntlCrimCourt. El fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, inauguró una oficina de asistencia técnica en la ciudad de Caracas, luego de reunirse con miembros del Gobierno de Nicolás Maduro con el objetivo de lanzar un plan de trabajo conjunto.

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En su cuenta de X (antiguo Twitter), el alto tribunal aseguró este martes que de acuerdo con los principios de complementariedad y cooperación, las actividades de la oficina se enfocarán en apoyar los esfuerzos destinados a mejorar las iniciativas de justicia nacional e incrementar aún más la presencia sobre el terreno de la Fiscalía.

Hasta el momento se desconoce si el personal que trabajará en dicha oficina se encuentra en el país.

Cuarta visita oficial

Khan se reunió el lunes con el mandatario Nicolás Maduro; el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Jorge Rodríguez; el fiscal general de la República, Tarek William Saab, y el secretario ejecutivo del Consejo Nacional de DD. HH., Larry Devoe. 

Durante un encuentro en el Palacio Federal Legislativo, Khan anunció que la CPI abriría una oficina en Venezuela para "cooperar" en la investigación por presuntas violaciones a los derechos humanos.

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“Recibí en el Palacio de Miraflores al fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, en el marco de su cuarta visita a Venezuela para continuar trabajando de manera conjunta en diversos temas de interés común”, escribió Maduro tras la reunión, de la que no se conocen mayores detalles. 

El pasado 1 de marzo, la Sala de Apelaciones de la CPI desestimó por unanimidad los argumentos del Gobierno de Nicolás Maduro contra la reanudación de la investigación sobre la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela y autorizó al fiscal a seguir las pesquisas. 

“La decisión de la Sala de Apelaciones que dictaré ahora es adoptada por unanimidad (...) La Sala de Apelaciones ha estimado procedente confirmar la decisión impugnada”, dijo el juez Marc Perrin de Brichambaut, presidente de la Sala de Apelaciones de la CPI, durante la lectura de la sentencia. 

La Sala de Apelaciones de la CPI rechazó cada uno de los seis motivos del recurso presentado por el Estado venezolano, al considerar que sus argumentos no fueron suficientes para impedir que la Fiscalía del tribunal de justicia internacional continuará con la investigación.

Entre sus conclusiones alcanzadas al examinar los motivos del recurso, la Sala de Apelaciones recordó su sentencia en la causa de Filipinas, en el sentido de que “la obligación de aportar información pertinente para la determinación por la Sala de Cuestiones Preliminares con arreglo al párrafo 2 del artículo 18 del Estatuto incumbe al Estado que solicita la inhibición”. 

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Asimismo, la Sala de Apelaciones consideró que la Sala de Cuestiones Preliminares centró su evaluación correctamente en “si Venezuela estaba llevando a cabo o había llevado a cabo alguna investigación o algún procesamiento respecto de las mismas categorías de personas, es decir, presuntos miembros de alto rango de las fuerzas de seguridad del Estado o personas partidarias del gobierno, en relación con la criminalidad pertinente”. 

Consideró que “los intereses jurídicos protegidos en relación con cada crimen se pueden discernir haciendo referencia a los elementos de ese crimen específico”. 

Ante ello, concluyó que para promover los intereses jurídicos protegidos por la tipificación de los presuntos crímenes de lesa humanidad, un Estado que no haya incorporado dichos actos en su legislación nacional, como es el caso de Venezuela, “si bien no está obligado a investigar los presuntos actos criminales con arreglo a la tipificación jurídica de los crímenes de lesa humanidad, debe no obstante investigar las alegaciones de hecho en las que se apoyan los elementos contextuales de esos crímenes”. 

Finalmente, la Sala consideró que Venezuela había tergiversado la decisión apelada y había presentado argumentos infundados en relación con otros puntos.

En contexto

En septiembre de 2018, la Fiscalía de la CPI recibió una remisión de un grupo de Estados Partes del Estatuto de Roma:  Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú, con relación a la situación de Venezuela desde el 12 de febrero de 2014. El 3 de noviembre de 2021, la Fiscalía anunció su decisión de abrir una investigación.

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Un año después, en abril de 2022, la Fiscalía de la CPI notificó a la Sala de Cuestiones Preliminares I que había recibido, por parte de Venezuela, una solicitud de inhibición de sus investigaciones en favor de las actuaciones emprendidas por las autoridades del país, de conformidad con el artículo 18, párrafo 2, del Estatuto de Roma.

Meses después, la Fiscalía solicitó a la Sala de Cuestiones Preliminares reanudar la investigación en esta situación, pero no fue hasta el 27 de junio de 2023,  cuando la Sala de Cuestiones Preliminares I autorizó al fiscal Karim Khan a reanudar su investigación sobre la situación de la República Bolivariana de Venezuela I. 

Ese mismo año, el 3 de julio de 2023, Venezuela comunicó su voluntad de apelar la decisión emitida por la Sala de Cuestiones Preliminares, presentando su escrito formal de apelación el 14 de agosto.

En el curso de estos procedimientos de apelación, la Sala de Apelaciones recibió escritos del fiscal y de la Oficina Pública de Defensa de las Víctimas, así como representaciones de las víctimas y observaciones del Panel de Expertos Internacionales Independientes de la Organización de Estados Americanos.

El 7 y el 8 de noviembre de 2023, la Sala de Apelaciones celebró una audiencia para abordar íntegramente las cuestiones que se plantearon en el recurso de apelación.

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