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Economía

Gobierno exonera el IVA para dotación y distribución escolar 2024-2025

La evaluación se llevará a cabo de forma trimestral, de acuerdo con lo que determine el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

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Caracas/Foto: El Diario.- En la Gaceta Oficial Nº 43.017, el Gobierno nacional establece la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las operaciones de ventas de los “bienes muebles corporales” incluidos en el "Plan de Dotación y Distribución Escolar 2024-2025".

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En el Decreto 5.050 del 28 de noviembre, se informa que los bienes que gozan de esta exoneración son: chemise blanca, chemise azul, chemise beige, franela roja, franela blanca, pantalón deportivo, pantalón escolar, calzado casual de niño y niña, calzado deportivo unisex, morrales, útiles escolares como pega, temperas, creyones, papel, tijeras, sacapuntas, bloques de dibujo, cuadernos, plastilina, lápices, borradores, juegos de geometría, compases y libretas.

“Se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las operaciones de ventas nacionales de los bienes muebles corporales, efectuadas dentro del Plan de Dotación y Distribución Escolar 2024-2025”, se lee. 

Para poder disfrutar de este beneficio, los contribuyentes que realicen ventas nacionales de estos bienes deberán indicar en la factura la frase "Operación Exonerada", así como los datos de publicación del decreto y el número de la orden de compra correspondiente. Además, las operaciones de adquisición deberán ser acordadas con proveedores que hayan cumplido con sus obligaciones tributarias.

Evaluación del Seniat

La normativa también establece un mecanismo de evaluación periódica basado en un índice ponderado que considerará variables como la calidad de los bienes, su destinación y el cumplimiento de los objetivos para los que fueron adquiridos.

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“La evaluación periódica referida en el artículo 66 del Decreto Constituyente de Reforma Parcial de Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado, se realizará tomando en cuenta las siguientes variables: Calidad del bien mueble corporal, incluido en la operación exonerada en 40 %; Destinación de los bienes muebles corporales 30 %; Cumplimiento del objetivo para el cual se destinaron los bienes muebles corporales 30 %”.

La evaluación se llevará a cabo de forma trimestral, de acuerdo con lo que determine el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat). 

Finalmente, los beneficiarios de la exoneración deberán presentar la declaración anual de enriquecimientos netos gravados y exonerados, de acuerdo con la legislación vigente.



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