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Economía

Gobierno exonera pago de impuestos a importaciones y ventas de combustibles por un año

El decreto exime de la obligación tributaria del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las operaciones de venta dentro de territorio nacional

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Caracas/Foto: archivo.- En Decreto Presidencial 4.911, publicado en Gaceta Oficial 42.797, el gobierno anuncia la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, por un año, a la importación y venta de combustibles derivados de hidrocarburos en Venezuela.

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El decreto, que entró en vigencia el 12 de este mes, aplica también a los insumos aditivos destinados al “mejoramiento de la calidad de la gasolina”, tanto de empresas del Estado venezolano, como por compañías del sector privado o mixtas.

“Decreto N.º 4.911, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, así como de cualquier otro impuesto, tasa o contribución aplicable de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, en los términos y condiciones establecidos en este Decreto, a las importaciones definitivas y las ventas realizadas en el territorio nacional de combustibles derivados de hidrocarburos, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina, realizadas por el Estado directamente, o por empresas de su exclusiva propiedad, o por empresas mixtas con participación del capital estatal y privado en cualquier proporción y por empresas privadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos”, suscribe el texto.

Los beneficiarios deberán presentar ante la Oficina Aduanera la recaudación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar, factura comercial, oficio de exoneración de los impuestos, emitido por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

Exoneración del IGTF

También se exime de la obligación tributaria del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las operaciones de venta hechas dentro de territorio nacional, así como para los insumos y aditivos. El Seniat será el ente encargado de regular las condiciones, plazos, requisitos y controles necesario, “con base a los cuales se ejecutará la exoneración a que se refiere este artículo”.

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Se exceptuarán del Decreto aquellos que no cumplan con las obligaciones establecidas en el Decreto Constituyente que se dicta en el Código Orgánico Tributario, Ley Orgánica de Aduanas y reglamentos y normas tributarias o aduaneras aplicables.

“Se insta a las autoridades competentes de los poderes públicos Estadal y Municipal, a que adopten las medidas pertinentes para hacer extensiva la exoneración establecida en este Decreto, a los impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes que administren en el marco de su competencia, en aras de coadyuvar a la política pública de apalancamiento de la industria de hidrocarburos”.

El gobierno designa como encargados de la asignación a la ministra del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, Delcy Rodríguez, en coordinación con el ministro de Petróleo, Pedro Rafael Tellechea.



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