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Gobierno permitirá la grabación de procedimientos en puntos de control y alcabalas
Según el documento Nº 109, la retención de documentos y pertenencias, incluyendo los equipos telefónicos solo podrá hacerse de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislaciones vigente que lo establezca
Caracas/Foto: Cortesía.- Una resolución conjunta del Ministerio de Defensa y el de Interior, Justicia y Paz, estableció que los ciudadanos podrán grabar los procedimiento a los que sean sometidos en puntos de control y alcabalas policiales y militares.
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“Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido”, reza el artículo 20 de la resolución conjunta Nº 109 publicada el 7 de septiembre, firmada por el ministro de Defensa, Vladimir Padrino López, y el de Interior, Justicia y Paz, Remigio Ceballos.
Según el documento, la retención de documentos y pertenencias, incluyendo los equipos telefónicos solo podrá hacerse de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislaciones vigente que lo establezca.
También se autorizó la supervisión y contraloría de la actuación policial, por lo que funcionarios del Ministerio Público (MP) y la Defensoría podrán estar presentes en los puntos de control para garantizar el correcto funcionamiento del dispositivo.
“Cada órgano de seguridad ciudadana, cuerpo de seguridad del Estado o la Fuerza Armada Nacional Bolivariana a través del Sistema Defensivo Territorial, deberá establecer un mecanismo continuo de supervisión a los puntos de control bajo su responsabilidad, registrando y orientando las incidencias que ocurran en los mismos; y designando una autoridad específica responsable por ello”.
Además, las organizaciones del poder popular y los comités de contraloría social policial, en el marco del ejercicio de la contraloría social, podrán observar el funcionamiento y el servicio prestado en los puntos de control y formular recomendaciones o denuncias.
“Los ciudadanos, en ejercicio de sus derechos constitucionales y legales, podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control por parte de la autoridad policial o militar, sin que puedan ser compelidos a no hacerlos”.
La resolución también establece que se debe “respetar en todo momento la dignidad e integridad personal de las ciudadanas que transitan por el punto de control”, además aclararon que cuando sea necesario hacer el chequeo corporal deberán hacerlo en una forma “no invasiva”.
Finalmente, indicaron que el funcionario policial está obligado a informar cuál será el procedimiento y hacer las verificaciones correspondientes “sin que implique demoras innecesarias o afectaciones irreparables para las personas y sus bienes”.
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