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Justicia de Bolivia desconoció a Evo Morales como presidente del MAS
Hasta el momento, Morales no se ha pronunciado sobre su desplazamiento como presidente del MAS, pero sí ha criticado la detención de dirigentes campesinos
Caracas/Foto: Archivo.- El Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia validó este jueves el congreso del Movimiento al Socialismo (MAS) celebrado en El Alto en el 2023, en el que se eligió a Grover García como nuevo presidente del partido y dejando fuera al expresidente Evo Morales.
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Esta resolución pone fin a la disputa por el liderazgo del MAS que se mantenía desde el año pasado entre Morales y el actual mandatario, Luis Arce. El Tribunal resolvió que el congreso convocado por Morales en Lauca Ñ en el mes de octubre de 2023, evento en donde fue ratificado como jefe del partido, no tiene validez alguna.
“Revocar la Resolución del 4 de diciembre de 2023, cursante de fs. 981 a 1011 vta., dictada por una Jueza Pública Mixta Civil, Comercial y de Familia Primera de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, denegar la tutela solicitada”, dijo.
Junto a Grover García, la nueva directiva del MAS estará integrada por Fidel Surco, de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales Originarios de Bolivia, y Julia Ramos, de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia "Bartolina Sisa". Todos ellos fueron cercanos colaboradores de Morales durante su mandato.
Hasta el momento, Morales no se ha pronunciado sobre su desplazamiento como presidente del MAS, pero sí ha criticado la detención de dirigentes campesinos que lideraron las movilizaciones de los últimos meses en contra del Gobierno.
Tribunal ratifica que Evo Morales no podrá volver a ser candidato presidencial
La decisión llega días después de que el TCP reafirmara los límites de la reelección continua y discontinua en el país, dejando en claro que Morales no podrá volver a ser candidato presidencial.
De acuerdo a FM Bolivia, la decisión estuvo sustentada en el Auto Constitucional 0083/2024 ECA que emitió la sala cuarta especializada del TCP. Allí se establece que ninguna autoridad que cumpliese más de dos mandatos podrá aspirar una vez más a un cargo de elección popular, incluida la presidencia.
El auto constitucional se emitió en respuesta a la solicitud de enmienda y aclaración de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1010/2023-S4.
El contundente fallo recalca que “el periodo de mandato de los representantes nacionales se sujetará a las reglas constitucionales, permitiendo únicamente dos periodos, ya sean continuos o discontinuos, sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato”.
Dicha disposición se extiende a los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, que no podrán sobrepasar los diez años en el caso de los primeros dos y 12 en el órgano de justicia. En cuanto al Poder Electoral, queda limitado a un solo periodo sin chance de reelección.
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