Investigación
Las contradicciones de Iris con la pena de "Wilmito" y los requisitos para el "régimen de confianza"
Caracas, 20 de febrero.- Wilmer José Brizuela Vera, alias “Wilmito”, es uno de los pranes del nuevo sistema penitenciario que tanto exalta el Gobierno venezolano y su ministra Iris Varela. El criminal venía disfrutando desde diciembre de la libertad que le dio Varela con un permiso especial, conociendo el prontuario y el nivel de peligrosidad de Brizuela para la sociedad.
El delincuente fue detenido en 2004 y enviado a la cárcel de Vista Hermosa, la cual logró dominar dos años después. Según varios medios revisados por esta redacción, "Wilmito" fue sentenciado a 14 años y 10 meses en 2014 por los asesinatos de dos personas en Ciudad Bolívar en 2010.
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El primer pran de Venezuela y cuyos tentáculos controlan parte de los penales Tocuyito y Tocorón, obtuvo en diciembre un régimen de confianza tutelado, lo que le permite cumplir su condena en libertad. Según Varela, "Wilmito" supera los 15 años de condena y que además tiene una pena acumulada de 23 años, 4 meses, 15 días, 13 horas y 20 minutos. Descaradamente, al sujeto que fue deportista e integró la selección nacional de boxeo, se le ha visto posando tranquilamente con armas de fuego de cualquier calibre.
Asimismo, en una oportunidad Varela aseguró que no había recibido solicitud de beneficio del delincuente, y recalcó que el denominado Plan Cayapa Judicial no beneficiaba a los sujetos que cometieron delitos graves como homicidios, violación, narcotráfico y de lesa humanidad, entre otros.
Los delitos de "Wilmito" son robo agravado de vehículo automotor, sicariato, asociación para delinquir, secuestro y homicidio.
La ministra basó su decisión en el artículo 161 del Código Orgánico Penitenciario sobre el régimen de confianza tutelado: “Consiste en la ubicación de un penado en una unidad de producción o en un área especial del recinto penitenciario, donde continuará con el cumplimiento de la pena mientras le sea otorgado por el juez de ejecución algún beneficio para el cual reúne los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal”, reseña La Patilla.
Según el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, los requisitos para obtener el beneficio son que la pena impuesta en la sentencia no exceda de cinco años, pero la del pran de Vista Hermosa fue de más de 14 años, con una acumulada de más de 23 años.
En este sentido, el artículo 163 del Código Penitenciario señala que el ministro puede evaluar el régimen de confianza tutelado a un reo “que registre un tiempo de reclusión ininterrumpido” superior al requerido por la ley, sin embargo, Wilmito interrumpió la pena en 2010.
Evaluación psicológica
Una publicación del diario venezolano El Universal, un equipo de psicólogos le hizo una evaluación a Wilmer Brizuela, dando como resultado el siguiente: "Ninguna autocrítica, baja tolerancia a la frustración, alto coeficiente intelectual. no reconoce el daño causado a la sociedad y asume que sus principios e ideales son prioritarios. Además, no reconoce haber hecho nada malo".
De igual modo, se evidenció que el delincuente no valora la vida humana de sus semejantes ni la convivencia ciudadana. "No escatima esfuerzos, ni le preocupa las consecuencias de sus acciones con tal de obtener sus objetivos".
Entre las recomendaciones dadas para "Wilmito" está someterlo a asistencia psiquiátrica por presentar patologías clínicas.
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