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Parlamento comenzó proceso de evaluación para designar al próximo defensor público

Algunos de los requisitos para optar al cargo son ser venezolano y mayor de 30 años, jurista de reconocida competencia y de "reputación honorable"

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Caracas. El Comité de Postulaciones Judiciales de la Asamblea Nacional dio inicio este martes al proceso de evaluación y desarrollo de los aspirantes a ocupar el cargo de defensor público.

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En un breve mensaje desde la sede del Palacio Federal Legislativo, en Caracas, el presidente de la comisión, el diputado Giuseppe Alessandrello explicó que el proceso comenzó con la convocatoria de postulaciones que fue publicada en dos diarios de circulación nacional, en la página de la Asamblea Nacional y en las redes del Comité de Postulaciones Judiciales como lo señala la Ley.

En la convocatoria publicada en un tuit por la Asamblea Nacional, aparecen los requisitos de Ley, la forma de presentar la documentación, además la indicación de dónde y en qué horario hacer la presentación.

Alessandrello agregó que el proceso se extenderá hasta el martes 28 de junio, y que al día siguiente se publicará la lista de los ciudadanos que se hayan postulado, para que arranque otra fase del proceso que consiste en las objeciones y el proceso de evaluación integral.

El legislador destacó que la labor está enmarcada en el proceso de reinstitucionalización que adelanta el Poder Popular desde el año pasado, donde inicialmente se nombraron los rectores del Poder Eléctoral, posteriormente este año se nombraron a los magistrados del TSJ y ahora se está haciendo lo propio con el defensor o defensora pública general. También esto es parte de la revolución del sistema de justicia.

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Sobre la reforma de la Ley Orgánica de la Defensa Pública

El pasado 17 de mayo, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la reforma parcial de la Ley Orgánica de la Defensa Pública, que contempla la modificación de los artículos 7, 12 y 19 del instrumento legal vigente relativo a la legitimación, designación y atribuciones de la Defensora Pública o Defensor Público General.

Acerca del epígrafe del artículo 7, la ley establece ahora que los defensores públicos se encuentran legitimados para dar inicio a las investigaciones correspondientes a la presunta violación de los derechos humanos.

En cuanto al artículo 12, quedó establecido que la Asamblea Nacional, en los 90 días continuos antes del vencimiento del periodo para el que fue designado el Defensor Público General, en caso de falta absoluta, iniciará el procedimiento para su designación y convocar un comité de postulaciones judiciales.





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