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Perú obliga a arrendadores y hospedajes a registrar extranjeros en sistema de Migraciones
El decreto supremo detalla que los establecimientos de hospedaje tendrán, en 30 días, la obligación de cumplir con varias disposiciones de carácter migratorio, como exigir la presentación de los documentos de viaje o identidad, según corresponda, para acreditar la identidad de la persona extranjera que solicita el servicio
Caracas. El Gobierno peruano aprobó este miércoles un decreto en el que obliga a arrendadores y hospedajes a registrar en una plataforma digital de Migraciones a los ciudadanos extranjeros que alojen o alquilen una vivienda, con el objetivo de “reforzar la seguridad pública y migratoria, y fomentar una migración ordenada, segura y regular”.
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El decreto supremo detalla que los establecimientos de hospedaje tendrán, en 30 días, la obligación de cumplir con varias disposiciones de carácter migratorio, como exigir la presentación de los documentos de viaje o identidad, según corresponda, para acreditar la identidad de la persona extranjera que solicita el servicio.
Dicha información también deberá ser consignada ante la Superintendencia Nacional de Migraciones.
“Esta medida fortalecerá la seguridad al ofrecer garantías a los propietarios de los establecimientos sobre la identidad de sus huéspedes o inquilinos, mitigando el riesgo del uso de sus locales para actividades ilícitas”, reza el comunicado publicado por Migraciones Perú.
Además, la medida busca que todas las personas de nacionalidad extranjera cumplan las normas, “en la medida que actualmente todo ciudadano peruano que quiere hospedarse en un hotel o arrendar un inmueble tiene que identificarse con su documento de identidad”.
Las autoridades migratorias peruanas resaltaron que han desarrollado una plataforma en línea, donde los establecimientos de hospedaje y los arrendadores podrán registrar la información de las personas extranjeras que soliciten sus servicios de “manera sencilla y eficiente”.
“Esta herramienta estará disponible de forma gratuita, y los operadores tendrán un plazo de 30 días hábiles desde la publicación del decreto para capacitarse en el uso adecuado de la plataforma”, agrega.
La multa a personas jurídicas que presten servicios de hospedaje que no soliciten dicha información, o no remita a Migraciones el registro de la persona variará entre una o dos Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
“El decreto supremo promueve que las personas extranjeras mantengan una condición migratoria regular, lo que contribuirá a un entorno más organizado y seguro para los propios migrantes. También coadyuva a reducir los riesgos que surgen con la migración irregular, como la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes”, explica.
Finalmente, Migraciones resaltó que las personas extranjeras en condición migratoria irregular por haber ingresado evadiendo el control migratorio o efectuar actividades que atenten contra el orden público, el orden interno y la seguridad nacional, son pasibles de ser expulsadas mediante el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), en un periodo máximo de 24 horas.
“En lo que va del año, Migraciones ha ordenado la expulsión de cerca de 2 mil personas extranjeras de diversas nacionalidades; siendo la Policía Nacional del Perú la encargada de ejecutar dicha medida”, sentenció.
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