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Policía de Libertador incautó equipos de comercios que causan contaminación sónica

El operativo se llevó a cabo este sábado, 20 de abril de 2024, en respuesta a las quejas interpuestas por propietarios y trabajadores de locales comerciales al establecimiento infractor

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Caracas / Foto Portada: El Cooperante.- La Policía del Municipio Libertador incautó equipos de sonido a tiendas Bambú, en Caracas, por reincidir en la comisión del delito de contaminación sónica, tras reiteradas denuncias por parte de comerciantes aledaños.

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El operativo se llevó a cabo este sábado, 20 de abril de 2024, en respuesta a las quejas interpuestas por propietarios y trabajadores de locales comerciales cercanos al establecimiento infractor.

El comisario jefe, Carlos Flores, informó en exclusiva a El Cooperante, que la acción se llevó a cabo en cumplimiento de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana aprobada por el Concejo Municipal de Caracas en mayo de 2023, la cual prohíbe este tipo de hechos que perturban la tranquilidad pública.

Es importante mencionar que, en una oportunidad anterior, el comisario visitó el comercio infractor y les informó sobre la existencia de la Ordenanza. Sin embargo, ante la reincidencia en la falta, "nos vimos obligados a tomar medidas más contundentes para hacer cumplir la normativa".

"Ustedes tienen que respetar las ordenanzas municipales", añadió el comisario Flores, tras la incautación de una corneta y un micrófono. "Se le colocó la multa por reincidente, por falta de respeto y por la contaminación sónica", agregó.

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Flores reiteró que la Policía Municipal no permitirá que se violen las ordenanzas municipales y que continuarán activando operativos para garantizar el bienestar de la ciudadanía. Hizo un llamado a los comerciantes a respetar las normas de convivencia y evitar generar molestias a sus vecinos.

Foto: El Cooperante

La Ordenanza de Convivencia Ciudadana

La Ordenanza de Convivencia Ciudadana establece una serie de normas para garantizar el bienestar de los habitantes del Municipio Libertador.

En su capítulo III, correspondiente a las infracciones, indica que se consideran conductas que afectan la paz y las buenas relaciones entre las personas las siguientes:

  1. Utilizar cualquier medio de producción de sonidos, dispositivos, accesorios o maquinaria que produzcan ruidos molestos, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo caso podrán las autoridades competentes identificar, registrar, desactivar o retener preventiva y temporalmente la fuente del ruido, salvo sean originados en construcciones o reparaciones debidamente permisados.

La persona que incurra en una de las conductas antes señaladas, será sancionada con una multa equivalente al pago en bolívares de 30 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela, o hacer uno de los trabajos comunitarios establecidos en la presente Ordenanza.

La Ordenanza también establece un apartado sobre los actos que generan contaminación sónica. En el artículo 31, numeral 3 suscribe:

"Colocar música con altos niveles de sonido en espacios residenciales, locales comerciales con abertura hacia espacios públicos, en unidades de transporte de pasajeros y pasajeras, en vehículos particulares estacionados o en circulación con ventanillas abiertas, o en cualquier otro lugar donde el efecto del sonido provoque alteración a la paz ciudadana".

La persona que incurra en una de las conductas antes señaladas, será sancionada con una multa equivalente al pago en bolívares de cincuenta (50) veces, el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela, o la realización de uno (1) de los trabajos comunitarios establecidos en la presente Ordenanza.

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