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Roberto Enríquez dice que medida del TSJ contra la Primaria “no tiene efecto”

El dirigente de Copei asegura que medidas con la elección primaria pone en “riesgo” acuerdos firmados en Barbados

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Roberto Henríquez

Caracas/Foto: Archivo.- El dirigente nacional de Copei, Roberto Enríquez condenó este lunes el fallo de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en donde se ordenó la suspensión de "todos los efectos" de la elección primaria del 22 de octubre.

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En un mensaje publicado en redes sociales, el político aseveró que el fallo emitido por la institución no tiene “efecto" en los comicios organizados por la Comisión Nacional de Primaria (CNdP) y la Plataforma Unitaria Democrática.

“Salvo que quieran declarar en desacato a 2,3 millones. Hay un hecho político consumado por la voluntad del pueblo: María Corina es la candidata unitaria y así lo reconocemos todos. No comamos casquillo. ¡Pa’ lante Venezuela!”, publicó.

De igual manera, Enríquez se pronunció sobre la citación de la Fiscalía a las autoridades de la CNdP, catalogando el hecho como “evidentes actos de hostigamiento e intimidación”.

Ante esto, aseguró que las medidas ponen en “peligro” los acuerdos parciales firmados entre la delegación opositora y oficialista en Barbados el pasado 17 de octubre. “No es buena idea intentar detener la voluntad del pueblo venezolano”.

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Contexto

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la suspensión de "todos los efectos" de las distintas fases del proceso electoral, luego de recibir un recurso introducido por el diputado José Brito, a quien identifican como "aspirante a participar" en los comicios. 

De acuerdo con la sentencia 122, publicada en su portal web, la CNdP deberá consignar "los antecedentes administrativos, contentivos de las 25 fases del proceso electoral" de las primarias, que van desde la convocatoria al evento hasta las actas de escrutinios, totalización y proclamación.

Asimismo, se deberán consignar las actas de aceptación de la candidatura de los aspirantes inhabilitados, como es el caso de la ganadora de las internas, María Corina Machado, sobre quien pesa esta medida administrativa, por un período de 15 años. 

También deberán entregar las renuncias de los candidatos Henrique Capriles y Freddy Superlano, quienes se encuentran inhabilitados, así como las de "cualquier otro ciudadano que haya decidido renunciar a su candidatura". 

El TSJ dio un lapso de tres días a la CNdP para remitir un informe en el que se indique el "mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto". 

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Finalmente, el TSJ ordenó notificar al fiscal general, Tarek William Saab, las denuncias relacionadas con el evento electoral, formuladas tanto por Brito, así como también por otros representantes de los Poderes Públicos del Estado y por otros actores políticos, "las cuales han sido ampliamente difundidas a través de los medios de comunicación social". 

Según el fallo, las denuncias de Brito y “otros” voceros "pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión delitos comunes". 





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