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Seniat activa instructivo para declarar contribución a las pensiones

El Ministerio de Economía y Finanzas publicó una providencia administrativa que establece las normas para la declaración

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Caracas/Foto: Archivo.- El presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, Juan Korody informó que a partir de este 5 de junio estará disponible el instructivo para declarar la contribución a las pensiones en la página web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

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En entrevista para Unión Radio, el profesional señaló que en el país existe el debate del porqué incluir otra contribución si ya existe el pago del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Además, puntualizó que el Estado está “obligando” a las empresas a presentar la declaración de los salarios cancelados en el mes de mayo. 

“La pretensión del Seniat es que a partir de hoy 5 de junio comiencen a pagar todas las empresas que han sido llamadas, no importa su sector, el tamaño que tengan y no importa si tienen ganancias o pérdidas”, enfatizó Korody.

Indicó que, a pesar de que muchos consideran que la normativa debió entrar en vigencia en junio y no el pasado 8 de mayo, resaltó que los empresarios están dispuestos a cumplir con la contribución a partir de este miércoles. 

Asimismo, señaló que -en Gaceta Oficial 42.881- el Ministerio de Economía y Finanzas publicó una providencia administrativa que establece las normas para la declaración y el pago de la contribución especial para las pensiones. El documento detalla que los contribuyentes deberán cancelar de acuerdo al último dígito del Registro Único de Información Fiscal (RIF) y compartió un calendario de fechas desde junio hasta diciembre. 

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“Lo que nadie puede discutir es su naturaleza tributaria y eso es muy importante porque si es una exención de carácter tributario, los contribuyentes, los obligados a pagar, están amparados por una serie de protecciones que están en la Constitución y en el Código Orgánico Tributario”, sostuvo.

Paso a paso para declarar: 

  1. 1. Ingrese al portal del Seniat
  2. 2. Haga clic en el icono Servicios de Declaración que se encuentra en la parte superior derecha de la página. 
  3. 3. Coloque el usuario y la clave registrada para ingresar como contribuyente
  4. 4. En la pantalla Aplicativos, ubique la opción DPP (Forma 19) y diríjase al Sistema.
  5. 5. Haga clic en el menú Declaraciones y seleccione la opción DPP
  6. 6. Registre el número de empleados que posee y continúe
  7. 7. Seleccione el Tipo de Declaración y el periodo de la misma.
  8. 8. Coloque el monto total de salarios y bonificación de carácter no salarial
  9. 9. Presione el botón Declarar 
  10. La página pide que, una vez hecho el pago y que se haya efectuado la conciliación, podrá imprimir el Certificado Electrónico de la Declaración.

Ley de pensiones

El gobierno de Nicolás Maduro publicó en Gaceta Oficial número 6.806 la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social, la cual detalla los procedimientos que las empresas deben seguir para el pago del nuevo tributo.

Según lo establecido en la Gaceta, se debe hacer un aporte mensual al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), siguiendo los procedimientos y facultades de control fiscal del Código Orgánico Tributario.

La contribución especial podrá ser deducida como parte del gasto en la declaración definitiva del Impuesto Sobre la Renta, además de la contribución regular. Quienes incumplan la ley estarán sujetos al pago de intereses moratorios y serán sancionados de acuerdo con la ley.

Aprobación de ley

El pasado 7 de mayo, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al bloqueo imperialista, una medida anunciada por el presidente el 1 de mayo con el objetivo de que los empresarios destinen una parte de sus ingresos a un fondo para los pensionados.

El artículo 6 instituye la creación de una contribución especial "aplicable a las personas jurídicas, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho, de carácter privado, domiciliadas o no en la República Bolivariana de Venezuela, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, destinadas coadyuvar en la protección especial de las pensiones de seguridad social del pueblo venezolano frente a los perversos efectos de las medidas coercitivas unilaterales impuestas extraterritorialmente contra el país".

Además, el artículo 8 señala que el presidente de la República “podrá exonerar total o parcialmente del pago en la contribución especial a determinadas categorías de sujetos pasivos especiales y sectores estratégicos para la inversión extranjera y el desarrollo nacional. El decreto que declare la exoneración deberá regular los términos y condiciones de la misma”.

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La ley establece que la contribución especial será distinta a los aportes hechos por los empleadores al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), mientras que el 12 advierte que los retrasos en el pago podrán generar intereses moratorios.

Finalmente, explica que el incumplimiento de la ley acarrea multa de hasta 1 000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV).



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