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¡Sin esperanzas! TSJ declara sin lugar solicitud de anulación de reducción del cupo viajero

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Christhian Colina.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), decidió a través de la sentencia 814 del pasado 19 de junio, que la última reforma al control de cambios aprobada por el Gobierno en abril pasado, la cual redujo los cupos de viajeros en 30% y que ha obligado a miles de venezolanos a solicitar tarjetas de crédito en los bancos públicos; seguirá vigente al declarar sin lugar un recurso interpuesto por  la Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco).

La instancia consideró que las agrupaciones que utilizaron el recurso legal incorrecto para conseguir su objetivo. En el dictamen redactado por el magistrado Marco Tulio Dugarte, se acusa a las organizaciones de tratar de “evadir el procedimiento de nulidad de los actos administrativos contemplados en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ejerciendo una demanda por intereses difusos”.

Frente a los alegatos de los accionantes de que la modificación afectaba un amplio sector de la sociedad venezolana, la intérprete de la Carta Magna replicó que toda acción gubernamental “siempre tendrá un impacto en el colectivo” y que ello no es excusa para que “no se deba ejercer el recurso contencioso administrativo de nulidad” contra toda acción sospechosa de vulnerar derechos.

La acción judicial fue interpuesta inicialmente por Anauco y por la Asociación Civil Pro Defensa del Usuario del Sistema Financiero (Ausfin).





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