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¡Sin sorpresas! TSJ ordena a universidades acatar ingreso de bachilleres realizado por la OPSU

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Christhian Colina.- "El fallo del alto juzgado, de ejecución inmediata e incondicional, ordena a las universidades nacionales permitan el registro y posterior inscripción oportuna a los estudiantes que tengan cupo asignado por intermedio del Sistema Nacional de Ingreso (SIN), para cursar estudios en las diferentes carreras, de acuerdo con los criterios y lapsos establecidos por la Opsu (...)", refiere la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

De acuerdo al fallo del máximo tribunal del país, las universidades nacionales deben respetar las asignaciones hechas por la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) a través del SNI. El dictamen también exige a las casas de estudio que los inscritos deben comenzar el periodo lectivo correspondiente a la referida asignación.

La sentencia ordena a la Universidad Central de Venezuela (UCV) y demás casas de estudio nacionales “abstenerse de actuaciones” que estén en contra de los lineamientos del Consejo Nacional de Universidades (CNU) y de la OPSU, ya que conllevaría a consecuencias jurídicas previstas por la legislación en caso de desacato.

La demanda se produjo luego que estudiantes de educación media introdujeran el pasado 22 de mayo una demanda de protección de intereses contra las autoridades de la UCV y del resto de las universidades autónomas.





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