Economía
TSJ declara constitucional el decreto de emergencia económica firmado por Maduro
El máximo tribunal informó sobre la decisión dictada por su Sala Constitucional en relación con el decreto que declara el “estado de emergencia económica en todo el territorio nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un lapso de 60 días”
Caracas/Foto: Archivo.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró el sábado la constitucionalidad del decreto de estado de emergencia económica firmado por Nicolás Maduro en respuesta a las medidas arancelarias del mandatario estadounidense Donald Trump.
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En su cuenta de Instagram, el máximo tribunal informó sobre la decisión dictada por su Sala Constitucional en relación con el decreto que declara el “estado de emergencia económica en todo el territorio nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un lapso de 60 días”.
Asimismo, ordenó la publicación de la sentencia en Gaceta Oficial y Judicial, así como en la página web del TSJ.
Decreto de emergencia económica
El martes 9 de abril, Maduro firmó un decreto de emergencia económica por un período de dos meses, el cual fue aprobado el jueves por la Asamblea Nacional (AN).
Según explicó Maduro, dicha medida le otorga la potestad de “dictar todas medidas que considere necesarias para garantizar el desarrollo y crecimiento” de Venezuela.
Para el mandatario venezolano, la política internacional de Trump está generando “un cambio estructural”, “no solo de pérdida de valor en las acciones, en los commodities internacionales, en las materias primas fundamentales”.
“Esos son los impactos coyunturales de una guerra y no es la primera que tiene el mundo, lo que sí es que viene a romper todas las reglas”, agregó.
De acuerdo con el decreto, Maduro podrá “dictar regulaciones excepcionales y transitorias” y “suspender con carácter general la aplicación y cobro de tributos nacionales, estadales y municipales”.
Además, estará facultado para “concentrar en el tesoro nacional la recaudación de las tasas y contribuciones especiales creadas por leyes y redireccionar los recursos disponibles de todos los fondos existentes”. También tendrá la potestad de “establecer mecanismos y porcentajes de compra obligatoria de la producción nacional para favorecer la sustitución de las importaciones”, así como “adoptar todas las medidas necesarias para estimular la inversión nacional e internacional”, entre otras disposiciones.
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