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TSJ declaró inadmisible recurso de Ortega Díaz por "inepta acumulación de pretensiones"

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Caracas, 12 de junio.- La mañana de este lunes la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible por improponible un recurso contencioso electoral interpuesto la semana pasada por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, contra la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente realizada por el presidente Nicolás Maduro.

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"Por inepta acumulación de pretensiones, Sala Electoral del TSJ declara inadmisible recurso ejercido por Luisa Ortega Díaz", indicó sin más detalles el máximo juzgado del país a través de su cuenta de Twitter. En su sitio de internet, el TSJ explica que el recurso es inadmisible "por acumularse en un mismo libelo pretensiones de nulidad de actuaciones emanadas de distintos órganos del Poder Público, cuyo conocimiento corresponde a jurisdicciones distintas".

Asimismo, el TSJ consideró "inoficioso" pronunciarse sobre el amparo cautelar y la medida cautelar innominada de suspensión de efectos del proceso constituyente, que también fueron interpuestos por Ortega Díaz. Esto, explica la Sala Electoral, "en virtud que la declaratoria de inadmisibilidad por inepta acumulación de pretensiones no admite, ni aún preliminarmente, la presunción de buen derecho, o en su defecto, el mencionado requisito en concurrencia con la presunción de riesgo manifiesto por inejecución del fallo".

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La Sala Electoral ordenó publicar, registrar y notificar esta decisión al jefe de Estado y a la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena. La fiscal pidió el jueves declarar la nulidad de las decisiones del CNE de convocar la elección de una Asamblea Nacional Constituyente para el próximo 30 de julio por considerar que el decreto presidencial que impulsa este mecanismo "no cumplía con los extremos legales".

"Considero que el CNE incurrió en violaciones de los principios de progresividad de los derechos humanos, violación de la legalidad administrativa, del principio de igualdad y del voto, el derecho al sufragio y la participación política, el principio de la soberanía constitucional, especialmente ese", afirmó entonces.

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