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Zarpazo a la MUD: TSJ obliga a partidos que no presentaron tarjetas el 6D a "legalizarse"

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Christhian Colina.- "Cuando un partido político nacional no presente su tarjeta electoral (símbolos y emblemas del partido) como oferta electoral en una elección nacional, ese grupo político carecerá de identidad; y por ende, no puede legitimar su voto lista que es el voto referencial (...) el partido político deberá someterse a la renovación ante el órgano rector electoral", señaló la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en ponencia del magistrado Juan José Mendoza.

El fallo judicial establece que en un lapso no mayor a sesenta días siguientes al 5 de enero, el Consejo Nacional Electoral Electoral (CNE) debe regular la verificación de la nómina de inscritos de cada partido político, así como adecuar las normas sobre renovación de los partidos e implementar mecanismos de seguridad sobre la verificación de la manifestación de voluntad de los inscritos en los mismos.

Asimismo, destacan que en el país está prohibida la doble militancia, por lo que las organizaciones políticas inscritas en el ente comicial "no puede sumar su nómina de inscritos a la de otro partido político sin perder su existencia".

La decisión de la interprete de la máxima interprete de la Constitución nacional surge luego de un recurso introducido el pasado 1º de junio de 2015 por el secretario general del partido Podemos en el estado Carabobo, César Burguera.

La medida afecta directamente a los partidos que forman parte en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), que en los comicios parlamentarios del 6 de diciembre no acudieron con sus propios símbolos, por cuanto se adhirieron a la tarjeta única de la alianza opositora.

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